Central de Trabajadores de la Argentina Seguinos en Instagram Seguinos en Twitter Contactanos por WhatsApp Seguinos en Facebook Seguinos en YouTube

El sindicato sos vos, somos todos

BUSCAR

Noticias | 30/07/2021

Informe 2 de Agosto

Informe de novedades semanal de AAPM de la RA

 

CONCILIACIÓN OBLIGATORIA EN LILLY
 

Esta semana se llevaron a cabo reuniones tanto con Eli Lilly como con Raffo por el sostenimiento de los puestos de trabajo. Lilly ofreció un trato indemnizatorio insuficiente, mientras que Raffo limitó su propuesta a tener en cuenta los curriculum de los trabajadores despedidos para evaluar su contratación.

Ante esta situación, la AAPM de la RA definió en su plenario de secretarios generales anunciar el inicio de las medidas gremiales en la audiencia en el Ministerio de Trabajo, que determinó la conciliación obligatoria y así dar más tiempo para la negociación.

Por 15 días, Lilly no podrá avanzar en ninguna acción que implique fin de la relación laboral, y la AAPM de la RA no podrá realizar acciones contra la empresa. En ese plazo, se buscará mejorar las indemnizaciones a la vez que la incorporación de más compañeros y compañeras en Raffo.
 

PARITARIAS

La parte empresaria continúa en su postura de atar la actualización salarial pautada en el artículo 2 de la paritaria 2020 a una modificación de convenio colectivo y dde las leyes de profesionalidad.

Pese a que el Ministerio de Trabajo fijó una nueva audiencia para el día 10 de agosto, esperando la realización de reuniones de negociación entre las partes, las cámaras no abrieron aún ningún canal de diálogo hasta el momento.
 

MULTA A ELEA PHOENIX POR PUBLICIDAD ENGAÑOSA
 

En una nueva demostración de cómo la industria farmacéutica pone por encima sus ganancias que la promoción ética del medicamento y las leyes sanitarias, la Secretaría de Comercio Interior sancionó al Laboratorio Elea Phoenix con una multa de $4 millones, por promocionar su producto medicinal Agarol Pür como estético, y ejercer "violencia simbólica contra las mujeres".

 

La publicidad le otorga al producto medicinal propiedades tendientes a modificar la apariencia física cuando, según su prospecto, está destinado a contrarrestar la constipación ocasional. En este sentido, fue considerada violatoria de la Ley de Defensa al Consumidor.

El comunicado oficial indicó que, además, las imágenes y afirmaciones del anuncio construyen patrones estereotipados de la mujer. Por ejemplo, la publicidad menciona la “panza chata” como uno de sus beneficios y lo asocia con lo saludable cuando no necesariamente es así.

La Ley de Prevención y Control de Trastornos Alimentarios establece que los anuncios publicitarios no deben utilizar la extrema delgadez como símbolo de salud y/o belleza, estableciendo y prohibiendo la publicación o difusión en medios de comunicación de dietas o métodos para adelgazar que no conlleven el aval de un médico y/o licenciado en nutrición. Además, el anuncio promociona el producto como nuevo cuando no lo es. Únicamente modificaron el nombre comercial en 2019 e incluye la denominación “natural” cuando no hay característica alguna en la composición del producto que indique un origen de ese tipo.


COVID 19

➡En Argentina en la última semana se registra un promedio de casos de 13.280 por día y 291 muertes. 

➡En nuestro país, 54,6%  de la población recibió una dosis y 14,5% ambas.
➡En el mundo 28% tiene una dosis y 14,4% ambas.