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CULTURA Y CAPACITACIÓN
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Ley de Contrato de Trabajo

Capítulo IV - Derechos y deberes de los afiliados

ART 8: Los/as afiliados/as que se encuentren al día con sus cuotas sindicales tendrán derecho a:
a) Participar en las Asambleas de Afiliados/as de seccional con voz y voto.
b) Elegir y ser elegidos/as para los cargos de dirección y fiscalización de la Asociación o como representante gremial en el establecimiento donde se desempeña, en las condiciones y cumpliendo los requisitos que establece este estatuto y las leyes vigentes para dichos cargos.
c) Requerir el amparo de la Asociación para la defensa de sus intereses laborales y profesionales.
d) Elevar a las autoridades de la Asociación todo proyecto o sugerencias que estime de interés.
e) Utilizar todos los servicios que preste la Asociación, participar en todos los beneficios y mejoras que se establezcan a través de sus organismos reconocidos en grado igualitario a todos los afiliados/as.

ART..9: Podrán mantener su afiliación:
a) Los/as jubilados/as, que al momento de su desvinculación acrediten una antigüedad mínima de 10 años de afiliación a la Asociación.
b) Los trabajadores/as que interrumpan la prestación de tareas por invalidez, accidente o enfermedad durante el periodo de guarda del empleo.
c) Los/as desocupados/as por el término de 6 meses a contar de la fecha de despido.
d) Los/as afiliados/as que ejerciendo cargos representativos hubieran sido despedidos/as a su relación de dependencia y demuestren fehacientemente que están realizando tramites judiciales para su reincorporación, y hasta tanto la justicia resuelva en definitiva.
Estos afiliados/as quedaran exceptuados del pago de la cuota sindical, mientras subsista las causas indicadas en ella.

ART..10: Paralelamente a sus derechos, los/as afiliados/as tendrán las siguientes obligaciones:
a) Abonar la cuota sindical establecida y vigente y todas aquellas contribuciones que se determinen, ya sea en forma legal o estatutaria, debiendo denunciar a las autoridades de la Asociación al empleador que no practique el descuento.
b) Dar cuenta a la Seccional que le corresponda por domicilio o a Comisión Directiva Central, cualquier cambio que modifique total o parcialmente su declaración jurada de afiliación y proceder a su reafiliación en toda oportunidad que cambie de empresa o de Provincia de residencia.
c) Ser solidario/a con los actos de la Organización.
d) Cumplir y hacer respetar las disposiciones del presente estatuto, los reglamentos que se dicten y las resoluciones emanadas de los cuerpos orgánicos.
e) Respetar la persona y opinión de los demás afiliados/as observando una conducta acorde con los principios y los intereses de la Asociación.
f) Mantener la ética en el cumplimiento de su profesión como Agente de Propaganda Médica y respetar los códigos deontológico que se dicten.